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Consulte las noticias de interés sobre reportes al Sistema Único de Información y otros temas para prestadores y entes territoriales. En el filtro de búsqueda puede ingresar una descripción o palabra clave, o la fecha de referencia


Fecha de publicación: 2 de Julio de 2020

Ocho nuevas indagaciones preliminares abre Superservicios contra empresas de acueducto y alcantarillado por presuntas irregularidades en la medición de consumos

Bogotá D.C., 1 de julio de 2020. La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios abrió ocho nuevas averiguaciones preliminares contra empresas de acueducto y alcantarillado, en desarrollo de las acciones de control iniciadas por la entidad ante denuncias y reclamos de usuarios por presuntos cobros no autorizados durante la época de aislamiento preventivo obligatorio por Covid-19. La superintendente, Natasha Avendaño García, manifestó que: “Con el inicio de estas indagaciones ya sumamos 30 acciones administrativas; 26 de estas contra prestadores de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, 2 de energía y 2 de gas, que deberán responder por reclamos relacionados con presuntos cobros indebidos y facturación por promedio. La superintendencia establecerá si hubo incumplimiento a la regulación para determinar otras actuaciones administrativas o sancionatorias a las que haya lugar; o si estaban amparados en alguna norma o disposición legal. Las ocho empresas a las que se inició indagación preliminar por presuntos cobros irregulares durante la cuarentena son: Hidropacífico, en Valle del Cauca; Empresa de Acueducto Alcantarillado y Aseo de Madrid, en Cundinamarca; Empresas Públicas de Vegachí, en Antioquia; Empresa Multipropósito de Calarcá, en Quindío; Empresa de Servicios Públicos San Agustín, Empresa de Servicios Públicos Domiciliarios de Pitalito y Empresa de Servicios Públicos de Natagaima, en Tolima; y la Empresa de Acueducto Alcantarillado y Aseo de Maní, Casanare. Entre tanto, la entidad adelanta los procedimientos de averiguación preliminar, abiertos en el mes de junio, contra las empresas de energía Enel-Codensa y Cedenar; de gas combustible Alcanos y Gases del Caribe; y a las empresas de acueducto y alcantarillado de Bogotá, Barranquilla, Bucaramanga, Santa Marta, Pereira, Manizales, Popayán, San José del Guaviare y de otros 10 municipios del país.


Fecha de publicación: 1 de Julio de 2020

Reconocimiento a las mejores prácticas de servicio a usuarios” amplía el plazo de inscripciones hasta el 10 de julio

Bogotá D.C., 30 de junio de 2020. La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y la Asociación Nacional de Empresas de Servicios Públicos y Comunicaciones, Andesco, ampliaron el plazo para la inscripción al “Reconocimiento a las mejores prácticas de servicio a usuarios”, hasta el próximo viernes 10 de julio, con el objetivo de extender la oportunidad a más empresas de presentar sus experiencias de atención ciudadana, accesibilidad y sostenibilidad. En esta convocatoria pueden participar los prestadores vigilados por la superintendencia, sin requerirse estar afiliados a Andesco. La inscripción no tiene costo y se debe realizar de manera virtual siguiendo los pasos en el siguiente enlace: https://superservicios.gov.co/sala-de-prensa/reconocimiento-a-prestadores La superintendente, Natasha Avendaño García, recordó que: “Como novedad, en esta segunda versión se podrán postular iniciativas que hayan sido implementadas a más tardar el pasado 30 de abril, con el fin de darle oportunidad a estrategias puestas en marcha en esta coyuntura de emergencia sanitaria que vive el país por la Covid-19. Buscamos promover este espacio porque hoy más que nunca es claro que si los servicios públicos funcionan, funciona el país y la satisfacción de los usuarios es nuestra prioridad”. Por su parte, Camilo Sánchez, presidente de Andesco, afirmó que: “Debido a las solicitudes recibidas de algunas empresas del sector; hemos ampliado el plazo para inscribirse en este reconocimiento. Nos complace que los prestadores estén interesados en dar a conocer sus mejores prácticas y compartir sus experiencias en beneficio de los usuarios y de la eficiencia de sus procesos. Quedamos a la espera de que más interesados se unan a esta estrategia”. En la primera versión, realizada en 2019, se presentaron 82 iniciativas provenientes de empresas grandes, medianas y pequeñas, de las cuales 11 fueron reconocidas. Categorías y criterios de reconocimiento Para la selección de las mejores iniciativas, se tendrán en cuenta criterios de innovación, generación de alianzas, impacto de la iniciativa y pertinencia de la comunicación. De acuerdo con el tamaño de los prestadores, se reconocerán 12 buenas prácticas en cuatro categorías:      1.     Funcionamiento de las oficinas presenciales o virtuales de atención. 2.     Atención de población con discapacidad o en zonas de difícil acceso. 3.     Promoción del uso sostenible de los servicios públicos domiciliarios. 4.     Impacto social sobre los usuarios. Los interesados pueden consultar más información  en: www.superservicios.gov.co     y    www.andesco.org.co   También pueden enviar sus inquietudes al correo reconocimiento@superservicios.gov.co o comunicarse al celular 300-3929907. El proceso de evaluación será verificado por la firma internacional Crowe Co S.A.S. La entrega de reconocimientos se realizará el 26 de noviembre de 2020, durante el Seminario de Servicio al Cliente de Andesco en Bogotá.


Fecha de publicación: 30 de Junio de 2020

Publicación información reportada al SUI, para cálculo de la tarifa de aprovechamiento como actividad complementaria del servicio público de aseo

Publicación información reportada al SUI, para cálculo de la tarifa de aprovechamiento como actividad complementaria del servicio público de aseo. Se INVITA a los Prestadores de Servicios Públicos Domiciliarios, particularmente de ASEO para que lean y revisen el presente comunicado; la información allí contenida corresponde a la reportada en el Sistema Único de Información – SUI por parte de operadores de la actividad de aprovechamiento con corte al día de 3 de junio del 2020. Cabe aclarar que debido a ajustes en el proceso de automatización de la información aquí publicada, se realiza esta publicación hasta el día 10 de junio de 2020. Teniendo en cuenta que el numeral 22 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, estableció dentro de las funciones de la SSPD la de “Verificar la consistencia y la calidad de la información que sirve de base para efectuar la evaluación permanente de la gestión y resultados de las personas que presten servicios públicos sometidos a su control, inspección y vigilancia, así como de aquella información del prestador de servicios públicos que esté contenida en el Sistema Único Información de los servicios públicos” y, considerando la implementación de la plataforma del aplicativo SUI, esta Superintendencia se encuentra realizando la verificación de la información reportada por los prestadores de la actividad de aprovechamiento, la cual se evidenció con errores en la digitación, en la conversión de unidades y diligenciamiento de los campos en el aplicativo. En aras de prevenir cobros no autorizados, se solicitará a los prestadores de manera individual la corrección de la información a que haya lugar y se mantendrá la fecha de certificación inicial de la información en SUI, de tal manera que no haya lugar a determinar un reporte extraordinario, y no se afecte la recepción de los componentes de tarifa de la actividad de aprovechamiento. TONELADAS APROVECHADAS A MAYO 2020 TONELADAS MENSUALES DISPUESTAS VARIABLE CÁLCULO TARIFA A MAYO 2020 USUARIOS AFORADOS A MAYO/ 2020


Fecha de publicación: 30 de Junio de 2020

PROYECTO DE RESOLUCIÓN SUI-Productividad-Otros

La SSPD pone en conocimiento de los prestadores del servicio público de aseo y entidades del sector, el documento que contiene el proyecto de resolución 'Por la cual se modifica el anexo 1 de la Resolución SSPD 20174000237705 del 5 de diciembre de 2017 modificada y adicionada por las Resoluciones SSPD 20184000018825, 20184000056215 y 20201000014555, del 27 de febrero, 10 de mayo de 2018 y 19 de mayo de 2020, respectivamente y se dictan otras disposiciones', según lo dispuesto en el Decreto 270 de 2017 compilado en el Decreto 1081 de 2015. La Entidad recibirá comentarios hasta el día lunes 13 de julio de 2020, a través del correo electrónico: grubio@superservicios.gov.co   con el asunto "COMENTARIOS A PROYECTO DE RESOLUCIÓN SUI-Productividad-Otros" y las inquietudes que surjan sobre el particular serán absueltas y publicadas en este medio. Resolución Modificatoria 20174000237705-Productividad y otros_25-06-2020 Anexo A Tablas_2020-06-25


Fecha de publicación: 25 de Junio de 2020

Correo electrónico para notificación de acciones de tutelas

La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios informa a los miembros de la rama judicial, usuarios, prestadores vigilados y público en general que, a partir de la fecha, las actuaciones relacionadas con acciones de tutelas tendrán como único canal de notificación el correo electrónico:                  notificacionestutelas@superservicios.gov.co En este correo se atenderán, de manera diferencial, estas acciones constitucionales, en procura de la defensa y salvaguarda de los derechos fundamentales. Agradecemos utilizar este medio.


Fecha de publicación: 18 de Junio de 2020

UNIFICACIÓN DE MANUALES DE AYUDA PARA EL REPORTE EN EL SISTEMAS ÚNICO DE INFORMACIÓN - SUI

Los cinco (5) manuales que a continuación se mencionan, fueron unificados en un solo documento llamado  Manual de ayuda para el reporte en el Sistema Único de Información 08/06/20: El Reporte de Información Cargue Masivo La Instalación y Ejecución de Validadores El Reporte de Información Fábrica de Formulario Ayuda para el Reporte  Información de Proyectos de Inversión en Infraestructura Información, Alcaldías, Autoridades Ambientales   Este manual se encuentra publicado en la Lista de manuales del portal SUI


Fecha de publicación: 3 de Junio de 2020

Reporte de información ‘Facturación del servicio de aseo’

Se solicita a todos los prestadores del servicio público de aseo que el reporte de la facturación se realice a través del Formato “Facturación del servicio de aseo” de conformidad con la Resolución SSPD No. 20174000237705 de 2017, teniendo en cuenta lo dispuesto en su artículo tercero y cuarto: “Artículo tercero. - El reporte de información 'Facturación del servicio de aseo’ descrito en el Anexo 1 de la presente resolución, debe ser cargado al SUI por todos los prestadores del servicio público de aseo que lleven a cabo la actividad de recolección y transporte de residuos no aprovechables, independientemente de la metodología tarifaria que apliquen.   Artículo cuarto. - En virtud de lo dispuesto en los artículos anteriores, se derogan los siguientes artículos del Anexo de la Resolución n.° SSPD 20101300048765 del 14 de diciembre de 2010: 1.            Artículo 4,3.6.2   Formato. Facturación Comercial de Aseo. 2.            Artículo 4.3.6.3   Formato. Facturación Comercial de Aseo-Bogotá. 3.            Artículo 4.3.6.4   Formato. Facturación Comercial de Aseo-Cali. 4.            Artículo 4.3.6.5   Formato. Facturación Comercial de Aseo-Medellín. 5.            Artículo 4.3.6.6   Formato. Facturación Comercial de Aseo-Antioquia. 6.            Artículo 8.3.6.2   Formato. Facturación Comercial de Aseo. 7.            Artículo 8.3.6.3   Formato. Facturación Comercial de Aseo-Bogotá. 8.            Artículo 8.3,6.4   Formato. Facturación Comercial de Aseo-Cali. 9.            Artículo 8.3.6.5   Formato. Facturación Comercial de Aseo-Medellín. 10.          Artículo 8.3.6.6   Formato. Facturación Comercial de Aseo-Antioquia. 11.          Artículo 12.3.2.2 Formato. Facturación Comercial de Aseo. 12.          Artículo 12.3.2.3 Formato. Facturación Comercial de Aseo-Bogotá. 13.          Artículo 12.3.2.4 Formato. Facturación Comercial de Aseo-Cali. 14.          Artículo 12,3.2.5 Formato. Facturación Comercial de Aseo-Medellín. 15.          Artículo 12.3.2.6 Formato. Facturación Comercial de Aseo-Antioquia” (Subrayado fuera del texto original).    Sin embargo, se aclara que aquellos prestadores que realizaron el cargue de la facturación a través del formato “Facturación Comercial de aseo” de acuerdo con el Anexo Resolución No. SSPD  20101300048765 del 14- 12- 2010 no deben volver a reportarla a través de la resolución inicialmente indicada.


Fecha de publicación: 27 de Mayo de 2020

Publicación información reportada al SUI, Sitios de Áreas de Prestación - NUAP y Sitios Estaciones de Clasificación y Aprovechamiento - NUECA, Sitios de Disposición Final - NUSD y Estaciones de Transferencia - NUET

Se INVITA a los Prestadores de Servicios Públicos Domiciliarios, particularmente de ASEO para que lean y revisen el presente comunicado; la información allí contenida corresponde a la reportada SUI por parte de los operadores de las actividades de Disposición Final, Recolección y transporte de residuos no aprovechables y Aprovechamiento a corte del 26 de mayo de 2020. INFORMACIÓN ÁREA DE PRESTACIÓN – NUAP INFORMACIÓN DE ESTACIONES DE CLASIFICACIÓN DE APROVECHAMIENTO ECA INFORMACIÓN SITIOS DE DISPOSICIÓN FINAL - NUSD INFORMACIÓN SITIOS DE TRANSFERENCIA - NUET


Fecha de publicación: 27 de Mayo de 2020

Bases de Discusión - Gestión de Riesgos en Empresas Prestadoras de Gas Combustible Por Redes

La Dirección Técnica de Gestión de Gas Combustible presenta estas Bases de Discusión con el fin de construir una cartilla que facilite el entendimiento de los agentes frente situaciones que resultan contrarias al buen comportamiento en el mercado en materia de gestión de riesgos por parte de las empresas prestadoras del servicio de gas combustible por redes.    Bases de Discusión - Gestión de Riesgos en Empresas Prestadoras de Gas Combustible Por Redes


Fecha de publicación: 26 de Mayo de 2020

“El monitoreo especial al relleno Doña Juana seguirá hasta que confirmemos que la contingencia sea controlada”: Superservicios

Bogotá D.C., 21 de mayo de 2020. Con una visita de inspección al relleno sanitario Doña Juana, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios evaluó las acciones que adelanta el Centro de Gerenciamiento de Residuos (CGR) para superar la contingencia presentada el pasado 28 de abril por el deslizamiento de residuos; así como las actuales condiciones de operación. Como parte del monitoreo especial que realiza la entidad al relleno sanitario, la superintendente, Natasha Avendaño García lideró el recorrido del equipo técnico, y señaló que: “Durante la visita, revisamos el estado de tres frentes del monitoreo, el primero fue el patio de residuos mixtos, donde confirmamos que el operador CGR adelanta las adecuaciones requeridas por esta entidad para que no se vea afectada la prestación del servicio público de aseo en la capital del país”. En el lugar del deslizamiento, la Superservicios verificó las acciones de reconformación de los residuos, la aplicación de cal, el control de olores, roedores, insectos y otros vectores; así como el avance en la disminución de las grietas, y el tratamiento y adecuada evacuación de lixiviados o residuos líquidos generados por las basuras. “Estamos analizando las evidencias y pruebas relacionadas con el evento de desplazamiento de residuos para proceder a definir las acciones de control que correspondan”, indicó la funcionaria. La entidad continuará el monitoreo especial y permanente a la operación del relleno sanitario Doña Juana hasta que se controlen en forma definitiva los efectos del deslizamiento y se asegure la protección de la salud de las comunidades vecinas y del medio ambiente.

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