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Fecha de publicación: 14 de Mayo de 2020
Superservicios sancionó con $5.581 millones al Centro de Gerenciamiento de Residuos Doña Juana S.A. E.S.P.Bogotá D.C., 14 de mayo de 2020. La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios multó por $5.581 millones al Centro de Gerenciamiento de Residuos Doña Juana S.A. E.S.P. (CGR), al finalizar dos investigaciones administrativas que adelantaba contra el prestador por incumplimiento del Plan de Emergencia y Contingencia para el año 2017; y por fallas graves en la prestación del servicio de aseo en la actividad de disposición final. En ejercicio de su función de control, la superintendencia impuso una multa por $5.031.566.796 por fallas en la prestación del servicio de aseo sobre la actividad de disposición final, derivadas del incumplimiento de varias especificaciones técnicas previstas en la normatividad aplicable. Esta sanción se desprende de una investigación iniciada en diciembre de 2017, la cual cumplió todas las etapas procesales. La otra sanción fue por $550.382.481 por no contar con un Plan de Emergencia y Contingencia ajustado a la normatividad, lo cual puso en riesgo la prestación eficiente del servicio público de aseo y los derechos de los usuarios frente a situaciones de materialización de emergencias. La superintendente, Natasha Avendaño García, aseguró que: “Estas sanciones son el resultado de investigaciones adelantadas luego de surtirse todo el procedimiento administrativo sancionatorio que señala la ley y respetando el debido proceso. En la superintendencia estamos comprometidos con el cumplimiento de las normas legales y técnicas para el manejo de este relleno sanitario, las consecuencias sobre el medio ambiente y la garantía de los derechos de los usuarios, en este caso, representados por las comunidades aledañas al sitio”. Estas dos actuaciones administrativas se fundamentaron en los hallazgos encontrados durante las visitas técnicas realizadas por la Superservicios entre agosto de 2016 y septiembre de 2017 en las que se evidenciaron incumplimientos en el cubrimiento diario de residuos, la recolección y tratamiento de lixiviados, el control de insectos, roedores y otros vectores; así como restricciones en el tránsito de vehículos, especialmente en temporada de lluvias, e inadecuada gestión en la disposición final de residuos de construcción y demolición, entre otras fallas. Actualmente, la superintendencia adoptó un plan de acción para monitoreo continuo a la emergencia registrada el pasado 28 de abril por el desplazamiento de residuos, y avanza con el trámite de otras dos investigaciones iniciadas en años anteriores por fallas en el servicio e incumplimiento de un Acuerdo de Gestión suscrito con el operador del relleno sanitario. Sanciones anteriores En años anteriores, la superintendencia había impuesto dos sanciones por valor superior a $1.130 millones de pesos por fallas en la prestación del servicio. Una en 2017 por valor de $1.060,8 millones por incumplimiento a especificaciones técnicas de cobertura de residuos y manejo de lixiviados en la zona del derrumbe del 2 de octubre de 2015. Otra, en 2012, por valor de $70 millones por fallas en la disposición final de residuos.
Fecha de publicación: 11 de Mayo de 2020
Publicación información reportada al SUI, para cálculo de la tarifa de aprovechamiento como actividad complementaria del servicio público de aseoSe INVITA a los Prestadores de Servicios Públicos Domiciliarios, particularmente de ASEO para que lean y revisen el presente comunicado; la información allí contenida corresponde a la reportada en el Sistema Único de Información – SUI por parte de operadores de la actividad de aprovechamiento con corte al día de 6 de mayo del 2020. Teniendo en cuenta que el numeral 22 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, estableció dentro de las funciones de la SSPD la de “Verificar la consistencia y la calidad de la información que sirve de base para efectuar la evaluación permanente de la gestión y resultados de las personas que presten servicios públicos sometidos a su control, inspección y vigilancia, así como de aquella información del prestador de servicios públicos que esté contenida en el Sistema Único Información de los servicios públicos” y, considerando la implementación de la plataforma del aplicativo SUI, esta Superintendencia se encuentra realizando la verificación de la información reportada por los prestadores de la actividad de aprovechamiento, la cual se evidenció con errores en la digitación, en la conversión de unidades y diligenciamiento de los campos en el aplicativo. En aras de prevenir cobros no autorizados, se solicitará a los prestadores de manera individual la corrección de la información a que haya lugar y se mantendrá la fecha de certificación inicial de la información en SUI, de tal manera que no haya lugar a determinar un reporte extraordinario, y no se afecte la recepción de los componentes de tarifa de la actividad de aprovechamiento CÁLCULO DE LA TARIFA DE APROVECHAMIENTO A CORTE DE ABRIL 2020
Fecha de publicación: 9 de Abril de 2020
Publicación información reportada al SUI, para cálculo de la tarifa de aprovechamiento como actividad complementaria del servicio público de aseoSe INVITA a los Prestadores de Servicios Públicos Domiciliarios, particularmente de ASEO para que lean y revisen el presente comunicado; la información allí contenida corresponde a la reportada en el Sistema Único de Información – SUI por parte de operadores de la actividad de aprovechamiento con corte al día de 3 de abril del 2020. Teniendo en cuenta que el numeral 22 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, estableció dentro de las funciones de la SSPD la de “Verificar la consistencia y la calidad de la información que sirve de base para efectuar la evaluación permanente de la gestión y resultados de las personas que presten servicios públicos sometidos a su control, inspección y vigilancia, así como de aquella información del prestador de servicios públicos que esté contenida en el Sistema Único Información de los servicios públicos” y, considerando la implementación de la plataforma del aplicativo SUI, esta Superintendencia se encuentra realizando la verificación de la información reportada por los prestadores de la actividad de aprovechamiento, la cual se evidenció con errores en la digitación, en la conversión de unidades y diligenciamiento de los campos en el aplicativo. En aras de prevenir cobros no autorizados, se solicitará a los prestadores de manera individual la corrección de la información a que haya lugar y se mantendrá la fecha de certificación inicial de la información en SUI, de tal manera que no haya lugar a determinar un reporte extraordinario, y no se afecte la recepción de los componentes de tarifa de la actividad de aprovechamiento. TONELADAS APROVECHADAS A MARZO 2020 TONELADAS MENSUALES DISPUESTAS VIGENCIA 2016 TONELADAS MENSUALES DISPUESTAS VIGENCIA 2017 TONELADAS MENSUALES DISPUESTAS VIGENCIA 2018 TONELADAS MENSUALES DISPUESTAS VIGENCIA 2019 TONELADAS MENSUALES DISPUESTAS VIGENCIA 2020 USUARIOS AFORADOS A MARZO 2020
Fecha de publicación: 1 de Abril de 2020
EPM y Consorcio Energía de la Costa operarán servicio de energía eléctrica en la región Caribe, anuncia SuperserviciosBogotá D.C., 20 de marzo de 2020. Con la adjudicación por subasta y, el próximo martes, la suscripción del contrato de adquisición de las acciones y activos de Electricaribe a las Empresas Públicas de Medellín E.S.P – EPM y Consorcio Energía de la Costa, la agente especial de Electricaribe, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y el Gobierno Nacional, concluyen con éxito la búsqueda de operadores – inversionistas para garantizar la prestación del servicio de energía y el mejoramiento de la infraestructura eléctrica en la región Caribe. Esto como parte del esquema de solución definido en el proceso de intervención de Electricaribe y su posterior liquidación. EPM será la encargada de prestar el servicio de energía eléctrica en el segmento conocido como Caribe Mar que cubre a 1.51 millones de clientes en los departamentos de Bolívar, Sucre, Córdoba y Cesar. El Consorcio Energía de la Costa asumirá el segmento Caribe Sol con 1.21 millones de clientes en los departamentos de Atlántico, Magdalena y la Guajira. Al finalizar la sesión de subastas del mercado de energía de la región Caribe, la superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios, Natasha Avendaño García, manifestó: “Terminó la espera y, tal como se lo propuso el presidente Iván Duque, aseguramos un proceso transparente y responsable en todas sus etapas. Desde la superintendencia ofrecimos toda la información y garantías de participación a los interesados, que hoy se concreta con el anuncio de los dos nuevos operadores que asegurarán la continuidad del servicio de energía a más de 10 millones de usuarios en la región Caribe. Durante la intervención de Electricaribe hemos asegurado los recursos para la continuidad del servicio, como es nuestra obligación constitucional, a través del Fondo Empresarial; gestionamos recursos para inversiones en el Consejo de Política Económica y Social – Conpes y lideramos la estructuración del mejor esquema de solución para que el servicio cumpla las condiciones de calidad, continuidad y cobertura que merece esta amplia zona del país.” Los nuevos operadores asumirán los planes de inversiones y de reducción de pérdidas orientados al mejoramiento de redes, estaciones y subestaciones y de la infraestructura en general, así como la tecnificación de los sistemas de medición. Los montos de inversión exigidos a un horizonte de cinco años ascienden a $3.2 billones para Caribe Mar y $2.6 billones para Caribe Sol. La proyección a 10 años es de $5.0 billones para Caribe Mar y $3.7 billones para Caribe Sol. El proceso de adjudicación se realizó esta mañana a través del mecanismo de subasta, con la presencia de la firma de auditoría EY. Las propuestas presentadas de manera digital por los dos interesados, fueron seleccionadas debido a que fueron ofertas válidas por las acciones de las nuevas empresas resultantes de la venta de activos de Electricaribe. Lo que viene Realizada la subasta, las firmas adjudicatarias iniciarán los trámites legales para la conformación de las dos empresas que garantizarán la continuidad del suministro del servicio de energía eléctrica. Por su parte, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios continuará el proceso de intervención de Electricaribe hasta formalizar su liquidación, conforme lo establece el marco legal. Para más información dar clic aquí
Fecha de publicación: 31 de Marzo de 2020
Atención prestadores del servicio público domiciliario de Aseo y entidades del sectorLa Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, a través de la Dirección Técnica de Gestión de Aseo, informa que se encuentran habilitados los siguientes reportes de información en el portal web: www.sui.gov.co, de conformidad con la información requerida en la Resolución SSPD 20184300130165 del 02 de noviembre de 2018 y en la Resolución SSPD 20174000237705 de 5 de diciembre de 2017 modificada por las Resoluciones SSPD 20184000018825 y 20184000056215: Reportes Tópico Suscriptores y Tarifas Comercial Microrrutas Resolución SSPD 20174000237705 de 2017 Técnico Encuesta de aprovechamiento Comercial Encuesta de aplicación tarifaria Comercial Toneladas de recolección y transporte (origen-destino) - Resolución SSPD 20174000237705 de 2017 Técnico Costos de limpieza urbana, barrido y limpieza de vías y áreas públicas - Resolución CRA 720 de 2015 Comercial Toneladas ECA Técnico Variables de la tarifa de aprovechamiento Comercial Estándares del servicio - Resolución SSPD 20174000237705 de 2017 Técnico Centroide APS Técnico Suscriptores aforados - aprovechamiento Comercial Facturación disposición final y transferencia - Resolución SSPD 20174000237705 de 2017 Comercial Vehículos - Resolución SSPD 20174000237705 de 2017 Técnico Los invitamos a que ingresen a la siguiente ruta https://sui.superservicios.gov.co/Reportes-del-Sector/Aseo
Fecha de publicación: 30 de Marzo de 2020
Superservicios imparte lineamientos a empresas vigiladas para garantizar prestación y atención a usuarios durante emergencia sanitariaPublicado el 16 de Marzo de 2020 La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios expidió la Circular Externa 20201000000084 dirigida a prestadores de servicios públicos domiciliarios con el fin de informar medidas temporales para garantizar la prestación de los servicios públicos ante la declaratoria de emergencia sanitaria. La superintendencia indica a las empresas que deben atender las recomendaciones emitidas por la presidencia de la república y las autoridades locales, dirigidas a evitar el contagio de sus colaboradores, sin afectar la prestación, en condiciones de continuidad y calidad, de los servicios de acueducto, alcantarillado, aseo, energía y gas. Consulte la información en el siguiente link: https://www.superservicios.gov.co/Sala-de-prensa/noticias/superservicios-imparte-lineamientos-prestadores-de-servicios-publicos-domiciliarios-ante-emergencia-por-el-covid-19
Fecha de publicación: 28 de Marzo de 2020
Disponible el Formato Reportes de Estratificación y CoberturasPublicado el banner y la información el 09 de marzo de 2020 en el portal SUI: Vigencia 2019, para cada uno de los municipios y Distritos del país en el sistema único de información SUI, el cual deberá certificarse a más tardar el 30 de abril de este año conforme a los lineamientos establecidos en la Resolución 20168000052145 del 30/09/2016 Lo invitamos a consultar la resolución, el instructivo, y presentación para su diligenciamiento. Dar clic aquí
Fecha de publicación: 27 de Marzo de 2020
Aplaza audiencia pública de rendición de cuentasPublicado el 18 de Marzo de 2020 Bogotá, D.C., 18 de marzo. La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios informa el aplazamiento hasta nueva fecha de su audiencia pública de rendición de cuentas vigencia 2019, que estaba programada para el próximo el 24 de marzo. La jornada se aplaza por razones de fuerza mayor, ante la declaratoria de Emergencia Sanitaria hecha por el Gobierno Nacional con el fin de controlar la propagación del Covid-19, que incluye, entre otras medidas, la prohibición de actividades y concentraciones públicas. La entidad acata las disposiciones de las autoridades y es consciente de la necesidad de preservar la salud pública. En próximos días, se definirá una nueva fecha para el desarrollo de la audiencia, la cual será informada oportunamente a toda la ciudadanía. Agradecemos su comprensión
Fecha de publicación: 11 de Marzo de 2020
Publicación información reportada al SUI, para cálculo de la tarifa de aprovechamiento como actividad complementaria del servicio público de aseoSe INVITA a los Prestadores de Servicios Públicos Domiciliarios, particularmente de ASEO para que lean y revisen el presente comunicado; la información allí contenida corresponde a la reportada en el Sistema Único de Información – SUI por parte de operadores de la actividad de aprovechamiento con corte al día de 6 de marzo del 2020. Teniendo en cuenta que el numeral 22 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, estableció dentro de las funciones de la SSPD la de “Verificar la consistencia y la calidad de la información que sirve de base para efectuar la evaluación permanente de la gestión y resultados de las personas que presten servicios públicos sometidos a su control, inspección y vigilancia, así como de aquella información del prestador de servicios públicos que esté contenida en el Sistema Único Información de los servicios públicos” y, considerando la implementación de la plataforma del aplicativo SUI, esta Superintendencia se encuentra realizando la verificación de la información reportada por los prestadores de la actividad de aprovechamiento, la cual se evidenció con errores en la digitación, en la conversión de unidades y diligenciamiento de los campos en el aplicativo. En aras de prevenir cobros no autorizados, se solicitará a los prestadores de manera individual la corrección de la información a que haya lugar y se mantendrá la fecha de certificación inicial de la información en SUI, de tal manera que no haya lugar a determinar un reporte extraordinario, y no se afecte la recepción de los componentes de tarifa de la actividad de aprovechamiento. TONELADAS MENSUALES DISPUESTAS VIGENCIA 2018 VARIABLE CÁLCULO TARIFA A ENERO 2020 TONELADAS MENSUALES DISPUESTAS VIGENCIA 2016 TONELADAS MENSUALES DISPUESTAS VIGENCIA 2019 TONELADAS MENSUALES DISPUESTAS VIGENCIA 2020 TONELADAS MENSUALES DISPUESTAS VIGENCIA 2017 TONELADAS APROVECHADAS A FEBRERO 2020 USUARIOS AFORADOS A FEBRERO 2020
Fecha de publicación: 22 de Febrero de 2020
Circular Externa 20201000000064La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios expidió la Circular Externa 20201000000064 con el fin de recordar a los representantes legales, revisores fiscales, jefes de oficina de control interno, auditores externos de gestión y resultados y contadores de los prestadores de servicios públicos domiciliarios que deben: Preparar su información financiera con base en lo establecido en la Ley 1314 de 2009 y su respectivo marco normativo. Reportar la información al Sistema Único de Información – SUI, teniendo en cuenta lo señalado en la Circular Externa SSPD 000001 del 25 de enero de 2006. Circular Externa 20201000000064