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Consulte las noticias de interés sobre reportes al Sistema Único de Información y otros temas para prestadores y entes territoriales. En el filtro de búsqueda puede ingresar una descripción o palabra clave, o la fecha de referencia


Fecha de publicación: 1 de Abril de 2020

EPM y Consorcio Energía de la Costa operarán servicio de energía eléctrica en la región Caribe, anuncia Superservicios

Bogotá D.C., 20 de marzo de 2020. Con la adjudicación por subasta y, el próximo martes, la suscripción del contrato de adquisición de las acciones y activos de Electricaribe a las Empresas Públicas de Medellín E.S.P – EPM y Consorcio Energía de la Costa, la agente especial de Electricaribe, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y el Gobierno Nacional, concluyen con éxito la búsqueda de operadores – inversionistas para garantizar la prestación del servicio de energía y el mejoramiento de la infraestructura eléctrica en la región Caribe. Esto como parte del esquema de solución definido en el proceso de intervención de Electricaribe y su posterior liquidación. EPM será la encargada de prestar el servicio de energía eléctrica en el segmento conocido como Caribe Mar que cubre a 1.51 millones de clientes en los departamentos de Bolívar, Sucre, Córdoba y Cesar. El Consorcio Energía de la Costa asumirá el segmento Caribe Sol con 1.21 millones de clientes en los departamentos de Atlántico, Magdalena y la Guajira. Al finalizar la sesión de subastas del mercado de energía de la región Caribe, la superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios, Natasha Avendaño García, manifestó: “Terminó la espera y, tal como se lo propuso el presidente Iván Duque, aseguramos un proceso transparente y responsable en todas sus etapas. Desde la superintendencia ofrecimos toda la información y garantías de participación a los interesados, que hoy se concreta con el anuncio de los dos nuevos operadores que asegurarán la continuidad del servicio de energía a más de 10 millones de usuarios en la región Caribe. Durante la intervención de Electricaribe hemos asegurado los recursos para la continuidad del servicio, como es nuestra obligación constitucional, a través del Fondo Empresarial; gestionamos recursos para inversiones en el Consejo de Política Económica y Social – Conpes y lideramos la estructuración del mejor esquema de solución para que el servicio cumpla las condiciones de calidad, continuidad y cobertura que merece esta amplia zona del país.” Los nuevos operadores asumirán los planes de inversiones y de reducción de pérdidas orientados al mejoramiento de redes, estaciones y subestaciones y de la infraestructura en general, así como la tecnificación de los sistemas de medición.  Los montos de inversión exigidos a un horizonte de cinco años ascienden a $3.2 billones para Caribe Mar y $2.6 billones para Caribe Sol. La proyección a 10 años es de $5.0 billones para Caribe Mar y $3.7 billones para Caribe Sol. El proceso de adjudicación se realizó esta mañana a través del mecanismo de subasta, con la presencia de la firma de auditoría EY. Las propuestas presentadas de manera digital por los dos interesados, fueron seleccionadas debido a que fueron ofertas válidas por las acciones de las nuevas empresas resultantes de la venta de activos de Electricaribe. Lo que viene Realizada la subasta, las firmas adjudicatarias iniciarán los trámites legales para la conformación de las dos empresas que garantizarán la continuidad del suministro del servicio de energía eléctrica. Por su parte, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios continuará el proceso de intervención de Electricaribe hasta formalizar su liquidación, conforme lo establece el marco legal. Para más información dar clic aquí


Fecha de publicación: 31 de Marzo de 2020

Atención prestadores del servicio público domiciliario de Aseo y entidades del sector

La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, a través de la Dirección Técnica de Gestión de Aseo, informa que se encuentran habilitados los siguientes reportes de información en el portal web: www.sui.gov.co, de conformidad con la información requerida en la Resolución SSPD 20184300130165 del 02 de noviembre de 2018 y en la Resolución SSPD 20174000237705 de 5 de diciembre de 2017 modificada por las Resoluciones SSPD 20184000018825 y 20184000056215: Reportes Tópico Suscriptores y Tarifas Comercial Microrrutas Resolución SSPD 20174000237705 de 2017 Técnico Encuesta de aprovechamiento Comercial Encuesta de aplicación tarifaria Comercial Toneladas de recolección y transporte (origen-destino) - Resolución SSPD 20174000237705 de 2017 Técnico Costos de limpieza urbana, barrido y limpieza de vías y áreas públicas - Resolución CRA 720 de 2015 Comercial Toneladas ECA Técnico Variables de la tarifa de aprovechamiento Comercial Estándares del servicio - Resolución SSPD 20174000237705 de 2017 Técnico Centroide APS Técnico Suscriptores aforados - aprovechamiento Comercial Facturación disposición final y transferencia - Resolución SSPD 20174000237705 de 2017 Comercial Vehículos - Resolución SSPD 20174000237705 de 2017 Técnico Los invitamos a que ingresen a la siguiente ruta https://sui.superservicios.gov.co/Reportes-del-Sector/Aseo


Fecha de publicación: 30 de Marzo de 2020

Superservicios imparte lineamientos a empresas vigiladas para garantizar prestación y atención a usuarios durante emergencia sanitaria

Publicado el 16 de Marzo de 2020 La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios expidió la Circular Externa 20201000000084 dirigida a prestadores de servicios públicos domiciliarios con el fin de informar medidas temporales para garantizar la prestación de los servicios públicos ante la declaratoria de emergencia sanitaria. La superintendencia indica a las empresas que deben atender las recomendaciones emitidas por la presidencia de la república y las autoridades locales, dirigidas a evitar el contagio de sus colaboradores, sin afectar la prestación, en condiciones de continuidad y calidad, de los servicios de acueducto, alcantarillado, aseo, energía y gas. Consulte la información en el siguiente link: https://www.superservicios.gov.co/Sala-de-prensa/noticias/superservicios-imparte-lineamientos-prestadores-de-servicios-publicos-domiciliarios-ante-emergencia-por-el-covid-19


Fecha de publicación: 28 de Marzo de 2020

Disponible el Formato Reportes de Estratificación y Coberturas

Publicado el banner y la información el 09 de marzo de 2020 en el portal SUI:  Vigencia 2019, para cada uno de los municipios y Distritos del país en el sistema único de información SUI, el cual deberá certificarse a más tardar el 30 de abril de este año conforme a los lineamientos establecidos en la Resolución 20168000052145 del 30/09/2016 Lo invitamos a consultar la resolución, el instructivo, y presentación para su diligenciamiento. Dar clic aquí


Fecha de publicación: 27 de Marzo de 2020

Aplaza audiencia pública de rendición de cuentas

Publicado el 18 de Marzo de 2020 Bogotá, D.C., 18 de marzo. La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios informa el aplazamiento hasta nueva fecha de su  audiencia pública de rendición de cuentas vigencia 2019, que estaba programada para el próximo el 24 de marzo. La jornada se aplaza por razones de fuerza mayor, ante la declaratoria de Emergencia Sanitaria hecha por el Gobierno Nacional con el  fin de controlar la propagación del Covid-19, que incluye, entre otras medidas, la prohibición de actividades y concentraciones  públicas. La entidad acata las disposiciones de las autoridades y es consciente de la necesidad de preservar la salud pública. En próximos  días, se definirá una nueva fecha para el desarrollo de la audiencia, la cual será informada oportunamente a toda la ciudadanía. Agradecemos su comprensión


Fecha de publicación: 11 de Marzo de 2020

Publicación información reportada al SUI, para cálculo de la tarifa de aprovechamiento como actividad complementaria del servicio público de aseo

Se INVITA a los Prestadores de Servicios Públicos Domiciliarios, particularmente de ASEO para que lean y revisen el presente comunicado; la información allí contenida corresponde a la reportada en el Sistema Único de Información – SUI por parte de operadores de la actividad de aprovechamiento con corte al día de 6 de marzo del 2020. Teniendo en cuenta que el numeral 22 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, estableció dentro de las funciones de la SSPD la de “Verificar la consistencia y la calidad de la información que sirve de base para efectuar la evaluación permanente de la gestión y resultados de las personas que presten servicios públicos sometidos a su control, inspección y vigilancia, así como de aquella información del prestador de servicios públicos que esté contenida en el Sistema Único Información de los servicios públicos”  y, considerando la implementación de la plataforma del aplicativo SUI, esta Superintendencia se encuentra realizando la verificación de la información reportada por los prestadores de la actividad de aprovechamiento, la cual se evidenció con errores en la digitación, en la conversión de unidades y diligenciamiento de los campos en el aplicativo. En aras de prevenir cobros no autorizados, se solicitará a los prestadores de manera individual la corrección de la información a que haya lugar y se mantendrá la fecha de certificación inicial de la información en SUI, de tal manera que no haya lugar a determinar un reporte extraordinario, y no se afecte la recepción de los componentes de tarifa de la actividad de aprovechamiento. TONELADAS MENSUALES DISPUESTAS VIGENCIA 2018 VARIABLE CÁLCULO TARIFA A ENERO 2020 TONELADAS MENSUALES DISPUESTAS VIGENCIA 2016 TONELADAS MENSUALES DISPUESTAS VIGENCIA 2019 TONELADAS MENSUALES DISPUESTAS VIGENCIA 2020 TONELADAS MENSUALES DISPUESTAS VIGENCIA 2017 TONELADAS APROVECHADAS A FEBRERO 2020 USUARIOS AFORADOS A FEBRERO 2020


Fecha de publicación: 22 de Febrero de 2020

Circular Externa 20201000000064

La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios expidió la Circular Externa 20201000000064 con el fin de recordar a los representantes legales, revisores fiscales, jefes de oficina de control interno, auditores externos de gestión y resultados y contadores de los prestadores de servicios públicos domiciliarios que deben: Preparar su información financiera con base en lo establecido en la Ley 1314 de 2009 y su respectivo marco normativo. Reportar la información al Sistema Único de Información – SUI, teniendo en cuenta lo señalado en la Circular Externa SSPD 000001 del 25 de enero de 2006.   Circular Externa 20201000000064


Fecha de publicación: 13 de Febrero de 2020

Publicación información reportada al SUI, para cálculo de la tarifa de aprovechamiento como actividad complementaria del servicio público de aseo

Se INVITA a los Prestadores de Servicios Públicos Domiciliarios, particularmente de ASEO para que lean y revisen el presente comunicado; la información allí contenida corresponde a la reportada en el Sistema Único de Información – SUI por parte de operadores de la actividad de aprovechamiento con corte al día 7 de febrero de 2020. Teniendo en cuenta que el numeral 22 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, estableció dentro de las funciones de la SSPD la de “Verificar la consistencia y la calidad de la información que sirve de base para efectuar la evaluación permanente de la gestión y resultados de las personas que presten servicios públicos sometidos a su control, inspección y vigilancia, así como de aquella información del prestador de servicios públicos que esté contenida en el Sistema Único Información de los servicios públicos”  y considerando la implementación de la plataforma del aplicativo SUI, esta Superintendencia se encuentra realizando la verificación de la información reportada por los prestadores de la actividad de aprovechamiento, la cual se evidenció con errores en la digitación, en la conversión de unidades y diligenciamiento de los campos en el aplicativo. En aras de prevenir cobros no autorizados, se solicitará a los prestadores de manera individual la corrección de la información a que haya lugar y se mantendrá la fecha de certificación inicial de la información en SUI, de tal manera que no haya lugar a determinar un reporte extraordinario y no se afecte la recepción de los componentes de tarifa de la actividad de aprovechamiento. NOTA: Se INFORMA a los Prestadores del Servicio Público Domiciliario de ASEO de Antioquia (Bello, Caldas, Copacabana, El Santuario, Envigado, Girardota, La Estrella, Sabaneta) Atlántico (Baranoa, Barranquilla, Malambo, Palmar De Varela, Sabanagrande, Santo Tomás, Soledad), Bogotá D.C, Bolívar (Cartagena De Indias), Boyacá (Duitama, Puerto Boyacá), Córdoba (Montería), Cundinamarca (Cota, Soacha), Huila (Neiva), La Guajira (Riohacha), Magdalena (Aracataca, Fundación, Santa Marta), Nariño (Pasto), Risaralda (Dosquebradas, Pereira, Santuario), Sucre (San Luis De Since, San Marcos, Sincelejo), Tolima (Ibagué), Valle Del Cauca (La Unión, Tuluá, Zarzal) que la publicación realizada el día 14 de enero de 2020 contiene errores por lo cual se SOLICITA no se tome en cuenta y se revise el contenido de la presente publicación para todos los efectos. TONELADAS APROVECHADAS A ENERO 2020 VARIABLE CALCULO TARIFA A ENERO 2020 TONELADAS MENSUALES DISPUESTAS VIGENCIA 2020 TONELADAS MENSUALES DISPUESTAS VIGENCIA 2019 TONELADAS MENSUALES DISPUESTAS VIGENCIA 2018 TONELADAS MENSUALES DISPUESTAS VIGENCIA 2017 TONELADAS MENSUALES DISPUESTAS VIGENCIA 2016 USUARIOS AFORADOS DE APROVECHAMIENTO A ENERO 2020


Fecha de publicación: 13 de Febrero de 2020

Publicación información reportada al SUI, para cálculo de la tarifa de aprovechamiento como actividad complementaria del servicio público de aseo

Se INVITA a los Prestadores de Servicios Públicos Domiciliarios, particularmente de ASEO para que lean y revisen el presente comunicado; la información allí contenida corresponde a la reportada en el Sistema Único de Información – SUI por parte de operadores de la actividad de aprovechamiento con corte al día 7 de febrero de 2020. Teniendo en cuenta que el numeral 22 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, estableció dentro de las funciones de la SSPD la de “Verificar la consistencia y la calidad de la información que sirve de base para efectuar la evaluación permanente de la gestión y resultados de las personas que presten servicios públicos sometidos a su control, inspección y vigilancia, así como de aquella información del prestador de servicios públicos que esté contenida en el Sistema Único Información de los servicios públicos”  y considerando la implementación de la plataforma del aplicativo SUI, esta Superintendencia se encuentra realizando la verificación de la información reportada por los prestadores de la actividad de aprovechamiento, la cual se evidenció con errores en la digitación, en la conversión de unidades y diligenciamiento de los campos en el aplicativo. En aras de prevenir cobros no autorizados, se solicitará a los prestadores de manera individual la corrección de la información a que haya lugar y se mantendrá la fecha de certificación inicial de la información en SUI, de tal manera que no haya lugar a determinar un reporte extraordinario y no se afecte la recepción de los componentes de tarifa de la actividad de aprovechamiento. NOTA: Se INFORMA a los Prestadores del Servicio Público Domiciliario de ASEO de Antioquía (Bello, Caldas, Copacabana, El Santuario, Envigado, Girardota, La Estrella, Sabaneta) Atlántico (Baranoa, Barranquilla, Malambo, Palmar De Varela, Sabanagrande, Santo Tomás, Soledad), Bogotá D.C, Bolívar (Cartagena De Indias), Boyacá (Duitama, Puerto Boyacá), Córdoba (Montería), Cundinamarca (Cota, Soacha), Huila (Neiva), La Guajira (Riohacha), Magdalena (Aracataca, Fundación, Santa Marta), Nariño (Pasto), Risaralda (Dosquebradas, Pereira, Santuario), Sucre (San Luis De Since, San Marcos, Sincelejo), Tolima (Ibagué), Valle Del Cauca (La Unión, Tuluá, Zarzal) que la publicación realizada el día 14 de enero de 2020 contiene errores por lo cual se SOLICITA no se tome en cuenta y se revise el contenido de la presente publicación para todos los efectos. VARIABLE CALCULO TARIFA A ENERO 2020 USUARIOS AFORADOS DE APROVECHAMIENTO A ENERO 2020 TONELADAS APROVECHADAS A ENERO 2020 TONELADAS MENSUALES DISPUESTAS VIGENCIA 2020 TONELADAS MENSUALES DISPUESTAS VIGENCIA 2019 TONELADAS MENSUALES DISPUESTAS VIGENCIA 2018 TONELADAS MENSUALES DISPUESTAS VIGENCIA 2017 TONELADAS MENSUALES DISPUESTAS VIGENCIA 2016


Fecha de publicación: 6 de Febrero de 2020

Atención prestadores del servicio público domiciliario de Gas Combustible por Red

Se les informa que se encuentran habilitados los formatos en el SUI, conforme a lo establecido en la Resolución 20192000034975 de 2019, en la cual se incluye la información relacionada con la inclusión del número predial nacional catastral y otros: Formato 1555- B1. Información comercial de usuarios Regulados  Formato 1556 - B2. Información Comercial de Usuarios No Regulados. Formato 1678 - Información comercial de usuarios de GLP por redes de ductos.  Recuerde: Actualizar el validador SUI con la última versión disponible del día 31 de enero de 2020. El reporte inicia a partir del mes enero de 2020, y en adelante.

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