En virtud del principio de publicidad, establecido en el artículo 209 de la Constitución Política, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios publica las respuestas a peticiones ciudadanas que han sido devueltas por el operador de mensajería en razón a no localización del domicilio o del remitente, datos errados de dirección, entre otras razones.
A continuación, se presentan los informes más recientes y un filtro de búsqueda para consultar el documento de su interés ingresando opciones como el nombre, número de radicado y año.