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Consulte las noticias de interés sobre reportes al Sistema Único de Información y otros temas para prestadores y entes territoriales. En el filtro de búsqueda puede ingresar una descripción o palabra clave, o la fecha de referencia
Fecha de publicación: 12 de Mayo de 2021
Publicación información reportada al SUI, para cálculo de la tarifa de aprovechamiento como actividad complementaria del servicio público de aseoConforme a lo establecido en el numeral 36 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, “en desarrollo de sus funciones de inspección y vigilancia, establecer, administrar, mantener y operar el Sistema Único de Información (SUI) de los Servicios Públicos Domiciliarios que se nutra con la información de los prestadores, auditores externos, entidades públicas, particulares, interventores y/o supervisores relacionados con la prestación de los servicios públicos domiciliarios.” Teniendo en cuenta que el numeral 22 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, estableció dentro de las funciones de la SSPD la de “Verificar la consistencia y la calidad de la información que sirve de base para efectuar la evaluación permanente de la gestión y resultados de las personas que presten servicios públicos sometidos a su control, inspección y vigilancia, así como de aquella información del prestador de servicios públicos que esté contenida en el Sistema Único Información de los servicios públicos” esta Superintendencia continúa realizando la verificación de la información reportada por los prestadores de la actividad de aprovechamiento, en aplicación de la Resolución No. SSPD - 20201000046075 del 19/10/2020. En aras de prevenir cobros no autorizados, se solicitará a los prestadores de manera individual la corrección de la información a que haya lugar. TONELADAS APROVECHADAS A ABRIL 2021 USUARIOS AFORADOS A ABRIL 2021 VARIABLE CALCULO TARIFA A ABRIL 2021 TONELADAS MENSUALES DISPUESTAS A CORTE DE ABRIL 2021
Fecha de publicación: 14 de Abril de 2021
Publicación información reportada al SUI, para cálculo de la tarifa de aprovechamiento como actividad complementaria del servicio público de aseoConforme a lo establecido en el numeral 36 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, “en desarrollo de sus funciones de inspección y vigilancia, establecer, administrar, mantener y operar el Sistema Único de Información (SUI) de los Servicios Públicos Domiciliarios que se nutra con la información de los prestadores, auditores externos, entidades públicas, particulares, interventores y/o supervisores relacionados con la prestación de los servicios públicos domiciliarios.” Teniendo en cuenta que el numeral 22 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, estableció dentro de las funciones de la SSPD la de “Verificar la consistencia y la calidad de la información que sirve de base para efectuar la evaluación permanente de la gestión y resultados de las personas que presten servicios públicos sometidos a su control, inspección y vigilancia, así como de aquella información del prestador de servicios públicos que esté contenida en el Sistema Único Información de los servicios públicos” esta Superintendencia continúa realizando la verificación de la información reportada por los prestadores de la actividad de aprovechamiento, en aplicación de la Resolución No. SSPD - 20201000046075 del 19/10/2020. En aras de prevenir cobros no autorizados, se solicitará a los prestadores de manera individual la corrección de la información a que haya lugar. - TONELADAS APROVECHADAS A MARZO 2021 USUARIOS AFORADOS A MARZO 2021 VARIABLE CALCULO TARIFA A MARZO 2021 TONELADAS MENSUALES DISPUESTAS A CORTE DE MARZO 2021
Fecha de publicación: 9 de Marzo de 2021
Publicación información reportada al SUI, para cálculo de la tarifa de aprovechamiento como actividad complementaria del servicio público de aseoConforme a lo establecido en el numeral 36 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, “en desarrollo de sus funciones de inspección y vigilancia, establecer, administrar, mantener y operar el Sistema Único de Información (SUI) de los Servicios Públicos Domiciliarios que se nutra con la información de los prestadores, auditores externos, entidades públicas, particulares, interventores y/o supervisores relacionados con la prestación de los servicios públicos domiciliarios.” Teniendo en cuenta que el numeral 22 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, estableció dentro de las funciones de la SSPD la de “Verificar la consistencia y la calidad de la información que sirve de base para efectuar la evaluación permanente de la gestión y resultados de las personas que presten servicios públicos sometidos a su control, inspección y vigilancia, así como de aquella información del prestador de servicios públicos que esté contenida en el Sistema Único Información de los servicios públicos” esta Superintendencia continúa realizando la verificación de la información reportada por los prestadores de la actividad de aprovechamiento, en aplicación de la Resolución No. SSPD - 20201000046075 del 19/10/2020. En aras de prevenir cobros no autorizados, se solicitará a los prestadores de manera individual la corrección de la información a que haya lugar. TONELADAS APROVECHADAS A FEBRERO 2021 USUARIOS AFORADOS A FEBRERO 2021 VARIABLE CALCULO TARIFA A FEBRERO 2021 TONELADAS MENSUALES DISPUESTAS A CORTE DE FEBRERO 2021
Fecha de publicación: 5 de Marzo de 2021
PARA COMENTARIOS - Proyecto de resolución por la cual se establecen los plazos para el cargue de información financiera anual, a diciembre 31 de 2020, y se dictan otras disposiciones"La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios presenta para comentarios de los prestadores de servicios y demás interesados, el proyecto de Resolución por el cual se establecen los plazos para el cargue de información financiera anual a diciembre 31 de 2020 y se dictan otras disposiciones. Los comentarios serán recibidos únicamente al correo electrónico pmontana@superservicios.gov.co hasta el día 19 de marzo de 2021 DOCUMENTOS Proyecto resolución requerimiento información financiera anual 2020 Anexo técnico resolución requerimiento anual 2020
Fecha de publicación: 10 de Febrero de 2021
Publicación información reportada al SUI, para cálculo de la tarifa de aprovechamiento como actividad complementaria del servicio público de aseoConforme a lo establecido en el numeral 36 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, “en desarrollo de sus funciones de inspección y vigilancia, establecer, administrar, mantener y operar el Sistema Único de Información (SUI) de los Servicios Públicos Domiciliarios que se nutra con la información de los prestadores, auditores externos, entidades públicas, particulares, interventores y/o supervisores relacionados con la prestación de los servicios públicos domiciliarios.” Teniendo en cuenta que el numeral 22 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, estableció dentro de las funciones de la SSPD la de “Verificar la consistencia y la calidad de la información que sirve de base para efectuar la evaluación permanente de la gestión y resultados de las personas que presten servicios públicos sometidos a su control, inspección y vigilancia, así como de aquella información del prestador de servicios públicos que esté contenida en el Sistema Único Información de los servicios públicos” esta Superintendencia continúa realizando la verificación de la información reportada por los prestadores de la actividad de aprovechamiento, en aplicación de la Resolución No. SSPD - 20201000046075 del 19/10/2020. En aras de prevenir cobros no autorizados, se solicitará a los prestadores de manera individual la corrección de la información a que haya lugar. TONELADAS APROVECHADAS A ENERO 2021 USUARIOS AFORADOS A ENERO 2021 VARIABLE CALCULO TARIFA A ENERO 2021 TONELADAS MENSUALES DISPUESTAS A CORTE DE ENERO 2021
Fecha de publicación: 13 de Enero de 2021
Publicación información reportada al SUI, para cálculo de la tarifa de aprovechamiento como actividad complementaria del servicio público de aseoConforme a lo establecido en el numeral 36 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, “en desarrollo de sus funciones de inspección y vigilancia, establecer, administrar, mantener y operar el Sistema Único de Información (SUI) de los Servicios Públicos Domiciliarios que se nutra con la información de los prestadores, auditores externos, entidades públicas, particulares, interventores y/o supervisores relacionados con la prestación de los servicios públicos domiciliarios.” y teniendo en cuenta que del día 8 al 10 de diciembre de 2020, se realizaron mantenimientos sobre la plataforma SUI, se informa que se realiza la publicación el día de hoy debido a los inconvenientes informáticos del Sistema. Teniendo en cuenta que el numeral 22 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, estableció dentro de las funciones de la SSPD la de “Verificar la consistencia y la calidad de la información que sirve de base para efectuar la evaluación permanente de la gestión y resultados de las personas que presten servicios públicos sometidos a su control, inspección y vigilancia, así como de aquella información del prestador de servicios públicos que esté contenida en el Sistema Único Información de los servicios públicos” esta Superintendencia continúa realizando la verificación de la información reportada por los prestadores de la actividad de aprovechamiento, en aplicación de la Resolución No. SSPD - 20201000046075 del 19/10/2020. En aras de prevenir cobros no autorizados, se solicitará a los prestadores de manera individual la corrección de la información a que haya lugar. TONELADAS APROVECHADAS A DICIEMBRE 2020 USUARIOS AFORADOS A DICIEMBRE 2020 VARIABLE CÁLCULO TARIFA A DICIEMBRE 2020 TONELADAS MENSUALES DISPUESTAS A CORTE DE 2020
Fecha de publicación: 11 de Diciembre de 2020
Publicación información reportada al SUI, para cálculo de la tarifa de aprovechamiento como actividad complementaria del servicio público de aseo.Se INVITA a los Prestadores de Servicios Públicos Domiciliarios, particularmente de ASEO para que lean y revisen el presente comunicado; la información allí contenida corresponde a la reportada en el Sistema Único de Información – SUI por parte de operadores de la actividad de aprovechamiento con corte al día de 3 de diciembre del 2020. Conforme a lo establecido en el numeral 36 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, “en desarrollo de sus funciones de inspección y vigilancia, establecer, administrar, mantener y operar el Sistema Único de Información (SUI) de los Servicios Públicos Domiciliarios que se nutra con la información de los prestadores, auditores externos, entidades públicas, particulares, interventores y/o supervisores relacionados con la prestación de los servicios públicos domiciliarios.” y teniendo en cuenta que del día 8 al 10 de diciembre de 2020, se realizaron mantenimientos sobre la plataforma SUI, se informa que se realiza la publicación el día de hoy debido a los inconvenientes informáticos del Sistema. Teniendo en cuenta que el numeral 22 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, estableció dentro de las funciones de la SSPD la de “Verificar la consistencia y la calidad de la información que sirve de base para efectuar la evaluación permanente de la gestión y resultados de las personas que presten servicios públicos sometidos a su control, inspección y vigilancia, así como de aquella información del prestador de servicios públicos que esté contenida en el Sistema Único Información de los servicios públicos” esta Superintendencia continúa realizando la verificación de la información reportada por los prestadores de la actividad de aprovechamiento, en aplicación de la Resolución No. SSPD - 20201000046075 del 19/10/2020. En aras de prevenir cobros no autorizados, se solicitará a los prestadores de manera individual la corrección de la información a que haya lugar. USUARIOS AFORADOS A NOVIEMBRE 2020 TONELADAS APROVECHADAS A NOVIEMBRE 2020 VARIABLE CÁLCULO TARIFA A NOVIEMBRE 2020 TONELADAS MENSUALES DISPUESTAS A NOVIEMBRE 2020
Fecha de publicación: 4 de Diciembre de 2020
Proyecto de Resolución SUI-SSPD_CLAVD Prestadores del Servicio Público de Aseo y Entidades del SectorLa SSPD pone en conocimiento de los prestadores del servicio público de aseo y entidades del sector, el documento que contiene el proyecto de resolución 'Por la cual se solicita el reporte de información al Sistema Único de Información - SUI por parte de los prestadores del servicio público de aseo que se encuentren en el ámbito de aplicación de la Resolución CRA 911 de 2020 modificada por la Resolución CRA 921 de 2020', según lo dispuesto en el Decreto 270 de 2017 compilado en el Decreto 1081 de 2015. La Entidad recibirá comentarios hasta el día viernes 18 de diciembre de 2020, a través del correo electrónico grubio@superservicios.gov.co con el asunto "COMENTARIOS A PROYECTO DE RESOLUCIÓN SUI-SSPD_CLAVD" y las inquietudes que surjan sobre el particular serán absueltas y publicadas en este medio. 25-11-2020_Proyecto Resolucion SSPD_CLAVD-COVID19_ResCRA 911y921 Especificaciones Formato CLAVD-COVID19_ResCRA 911y921
Fecha de publicación: 18 de Noviembre de 2020
SSPD ALERTA PRESTADORESBogotá, 17 de noviembre de 2020. La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios informa a las empresas, gremios y autoridades del sector de servicios públicos; y a la comunidad en general, que no ha realizado convenio o avalado propuesta de contenido informativo ni comercial con el medio digital “Colombia Leaders, Business and Goverment” quienes están ofreciendo participación publicitaria en una supuesta edición denominada “Superservicios más de 25 años”. Por lo anterior, y luego de conocer que el mencionado medio ha ofrecido propuestas de pauta comercial a diferentes empresas para participar en el informe, hacemos un llamado de prevención a quienes las han recibido. La Superservicios reitera que no ha autorizado el uso del nombre de la entidad para estos fines, ni está gestionando contenidos para esa publicación. Asimismo, recuerda que quien sustituya o suplante a una persona o se atribuya nombre, con el fin de obtener un provecho para sí o para otro o cause daño, incurrirá en el delito de falsedad personal, tal como lo establece la Ley 599 del 2000. La Superservicios se reservará el derecho de poner en conocimiento de las autoridades competentes la presente situación para que se investigue esta situación. Cualquier información adicional sobre esta situación, puede ser enviada o solicitada al correo institucional sspd@superservicios.gov.co
Fecha de publicación: 12 de Noviembre de 2020
Publicación información reportada al SUI, para cálculo de la tarifa de aprovechamiento como actividad complementaria del servicio público de aseoConforme a lo establecido en el numeral 36 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, “en desarrollo de sus funciones de inspección y vigilancia, establecer, administrar, mantener y operar el Sistema Único de Información (SUI) de los Servicios Públicos Domiciliarios que se nutra con la información de los prestadores, auditores externos, entidades públicas, particulares, interventores y/o supervisores relacionados con la prestación de los servicios públicos domiciliarios.” y teniendo en cuenta que del día 6 al 10 de noviembre de 2020, se realizaron mantenimientos sobre la plataforma SUI, se informa que se realiza la publicación el día de hoy debido a los inconvenientes informáticos del Sistema. Teniendo en cuenta que el numeral 22 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, estableció dentro de las funciones de la SSPD la de “Verificar la consistencia y la calidad de la información que sirve de base para efectuar la evaluación permanente de la gestión y resultados de las personas que presten servicios públicos sometidos a su control, inspección y vigilancia, así como de aquella información del prestador de servicios públicos que esté contenida en el Sistema Único Información de los servicios públicos” esta Superintendencia continúa realizando la verificación de la información reportada por los prestadores de la actividad de aprovechamiento, en aplicación de la Resolución No. SSPD - 20201000046075 del 19/10/2020. En aras de prevenir cobros no autorizados, se solicitará a los prestadores de manera individual la corrección de la información a que haya lugar. TONELADAS APROVECHADAS A OCTUBRE 2020 TONELADAS MENSUALES DISPUESTAS VIGENCIA OCTUBRE 2020 USUARIOS AFORADOS OCTUBRE 2020 VARIABLE CÁLCULO TARIFA A OCTUBRE 2020