La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios invita a los prestadores de servicios públicos domiciliarios, particularmente de aseo, para que lean y revisen el presente comunicado; para que lean y revisen el presente comunicado; la información allí contenida corresponde a la reportada en el Sistema Único de Información – SUI por parte de operadores de la actividad de aprovechamiento con corte al día del 6 de junio del 2024. Adicionalmente se debe tener en cuenta el aviso de la publicación de Diciembre 2022 en la cual se indica "Es importante señalar que la fecha de certificación del periodo 12-2022 para los prestadores "ASOCIACIÓN DE RECICLADORES JUNTOS POR LA SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL - ID 37430", "ASOCIACIÓN DE RECICLADORES FUERTES EN LA RUTA - ID 39072" y "ASOCIACIÓN DE RECICLADORES NUEVA FUERZA AMBIENTAL ASOFUERZA - ID 50265" es del "10/01/2023", sin embargo se solicita tomar la información para realizar el cálculo de la tarifa sin extemporaneidad, con fecha dentro del término de reporte ya que sí está incluida en la presente publicación es debido a reversiones previas que se ejecutaron dentro del término. Adicionalmente se oficiará a los prestadores de no aprovechables para cualquier inquietud."
Conforme a lo establecido en el numeral 36 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, “en desarrollo de sus funciones de inspección y vigilancia, establecer, administrar, mantener y operar el Sistema Único de Información (SUI) de los Servicios Públicos Domiciliarios que se nutra con la información de los prestadores, auditores externos, entidades públicas, particulares, interventores y/o supervisores relacionados con la prestación de los servicios públicos domiciliarios.”
Teniendo en cuenta que el numeral 22 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, estableció dentro de las funciones de la SSPD la de “Verificar la consistencia y la calidad de la información que sirve de base para efectuar la evaluación permanente de la gestión y resultados de las personas que presten servicios públicos sometidos a su control, inspección y vigilancia, así como de aquella información del prestador de servicios públicos que esté contenida en el Sistema Único Información de los servicios públicos” esta Superintendencia continúa realizando la verificación de la información reportada por los prestadores de la actividad de aprovechamiento, en aplicación de la Resolución No. SSPD - 20201000046075 del 19/10/2020. En aras de prevenir cobros no autorizados, se solicitará a los prestadores de manera individual la corrección de la información a que haya lugar.
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