Encuesta de Satisfacción del Cliente Prestador


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Noticia - 02 de noviembre de 2012
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Se recuerda a los prestadores de los servicios públicos, a los que se refieren los artículos 15 y 16 de la Ley 142 de 1994 y que están sujetos a la vigilancia y control de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, incluyendo todos los prestadores de uno o más servicios o que realicen una o varias de las actividades complementarias señaladas en la ley, deben diligenciar y reportar anualmente en el mes de diciembre la Encuesta de Satisfacción del Cliente Prestador , teniendo como fecha limite de reporte el día 15 de ese mismo mes, de acuerdo con la resolución 20101300047505 del 7 de Diciembre de 2010. El formulario destinado para dichos efectos se encuentra en la pagina web del Sistema Único de Información SUI, en el link "Encuesta NSC Prestadores".



Fecha última de actualización: 22 de noviembre de 2024
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