La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios,a través de la Dirección Técnica de Gestión de Energía, en cumplimiento de las funciones de inspección, vigilancia y control consagradas en el artículo 20 del Decreto 1369 de 2020 y el Grupo SUI para el sector energía y gas, establecieron el mecanismo de reporte de información relacionado con los aportes por concepto «Aporte Departamento de la Guajira» del que trata el artículo 3 del Decreto Legislativo 1276 de 2023.
A continuación, se presenta la comunicación enviada a los agentes comercializadores de energía registrados en RUPS junto con el lineamiento de cargue.