Resolución 0860



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Por la cual se amplia el plazo de la resolución No. SSPD 4640 del 9 de Junio de 2000 a los prestadores del servicio domiciliario de Gas Licuado de Petróleo - GLP - y sus actividades complementarias. Esto quiere decir que: El Plan contable del año 1999 lo utilizaran como documento fuente hasta el 1ero. de Enero de 2002. Entonces las ESP de GLP deberán validar su información con el año 1999.
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Fecha última de actualización: 24 de septiembre de 2026
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