sspd_noticia_categoría
Noticia - 05 de marzo de 2026
sspd_noticia_contenido

La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios invita a las empresas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de energía y gas combustible a participar en el segundo entrenamiento virtual de cargue de Información al Sistema Único de Información (SUI) .

Los interesados deben tener en cuenta lo siguiente:

La actividad se realizará el jueves 19 de marzo del 2026 en el horario de 8:00 a.m. a 11:00 a.m. Por lo tanto, se tendrá en cuenta el registro de participación hasta el 17 de marzo de 2026. Al finalizar este plazo se enviará por medio de correo electrónico el link de acceso a la reunión.

El contenido a desarrollar es el siguiente:  

  • Canal de denuncias y soborno
  • Generalidades del SUI
  • Generalidades normatividad aplicable
  • Taller cargue de información: Cargue Masivo y Fabrica de Formularios

 

Nota:

  • Aplica únicamente para empresas inscritas en el RUPS para los servicios de energía eléctrica y gas combustible. Si durante la revisión del registro no se cumple con esta condición, no se enviará invitación de la actividad.
  • La asistencia debe ser de máximo 2 personas por empresa.
  • El desarrollo de la actividad se realizará de acuerdo al contenido del temario publicado.
  • En el entrenamiento no se revisarán casos específicos de las empresas prestadoras.
     

Regístrese aquí. 



Fecha última de actualización: 24 de septiembre de 2026


sspd_noticia_categoría
Noticia - 05 de marzo de 2026
sspd_noticia_contenido

La Delegada para Energía y Gas Combustible informa que se realizaron los siguientes cambios en la tabla de "Documentos Soporte RUPS":

1.    GAS POR REDES:
I.     Productor Comercializador:
  • Se solicita un nuevo documento soporte para esta actividad que aplica para productor de gas combustible Biogás y/o Biometano, para lo cual, se creó un modelo de declaración:
  • Declaración Juramentada de Actividades Desarrolladas (*aplica para productor de gas combustible Biogás y/o Biometano)
  • El cual, se encuentra publicado anexo a la Resolución SSPD 20181000120515 del 25 de septiembre de 2018 y debe ser descargado, diligenciado y cargado al aplicativo RUPS:
Imagen ejemplo
 

Para esta actividad, debe cargar uno de los documentos soporte obligatorios solicitados, según el caso particular que le aplique. En los espacios destinados a los dos documentos adicionales, puede cargar el mismo archivo o adjuntar un documento indicando que dicho requisito no aplica en su caso.

2.    GLP:
I.     Comercializador Mayorista:

Se solicita un nuevo documento soporte para esta actividad que aplica para las solicitudes de Inscripción y Actualización:

  • Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual vigente.
     
II.     Distribuidor:

Se solicita un nuevo documento soporte para esta actividad que aplica para las solicitudes de Inscripción y Actualización:

  • Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual vigente.
     
III.     Comercializador Minorista:

Se solicitan dos nuevos documentos soporte para esta actividad que aplican para las solicitudes de Inscripción y Actualización:

  • Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual vigente.
  • Listado de expendio(s) y/o depósitos con la georreferenciación correspondiente con los certificados vigentes emitidos por un organismo certificador y/o flota de vehículos con su placa y registro de transporte.
     

Esta información se puede evidenciar verificando la tabla Documentos Soporte RUPS que viene anexa a la Resolución SSPD 20181000120515 del 25 de septiembre de 2018, en el siguiente link.



Fecha última de actualización: 24 de septiembre de 2026


sspd_noticia_categoría
Noticia - 04 de marzo de 2026
sspd_noticia_contenido

La Delegada para Energía y Gas Combustible informa que se encuentra habilitada en el RUPS la nueva actividad para prestadores con Soluciones Individuales Solares Fotovoltaicas (SISFV). Esta actividad comprende, de manera integral e inseparable, todas las acciones necesarias para garantizar la prestación continua, eficiente y de calidad del servicio, incluyendo:

  • Generación
  • Operación
  • Mantenimiento
  • Reposición de unidades constructivas
  • Gestión técnica y administrativa
  • Gestión comercial y relación contractual con el usuario


Para registrar esta nueva actividad, deberá contar con los siguientes documentos:

i) Inventario de unidades constructivas que componen las SISFV, el cual debe contener como mínimo: tipo y serial de la unidad constructiva, y muestra fotográfica de los activos.
ii) Documento que acredite la tenencia legítima de las SISFV (se utilizará para validar la fecha de inicio de operaciones).
iii) Declaración firmada por el representante legal con el detalle de los municipios, localidades y número de usuarios atendidos por localidad.
iv) Contrato de condiciones uniformes.
v) Muestra de al menos un (1) acuerdo de nivel de servicio suscrito con los usuarios.

Finalmente, informamos que para efectos regulatorios y de inspección, vigilancia y control por parte de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, la prestación mediante SISFV se considera una única actividad de prestación del servicio, sin distinción entre las diferentes actividades que integran la cadena del servicio.



Fecha última de actualización: 24 de septiembre de 2026


sspd_noticia_categoría
Noticia - 18 de febrero de 2026
sspd_noticia_contenido

La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios invita a los prestadores de acueducto, alcantarillado y aseo a participar en la capacitación virtual del Sistema Único de Información – SUI, el cual se realizará de la siguiente manera:

Módulo 2:  

  • Cargue Masivo
  • Fabrica de formularios 
     

Fecha: Jueves, 5 de marzo de 2026
Hora: 9:00 a.m. a 12:00 m.

IMPORTANTE: La asistencia debe ser de máximo 1 persona por prestador que tengan relación con el tema objeto de la capacitación 

Para ingresar a la capacitación haga clic en el siguiente enlace meet.google.com/gsc-eiju-qxc, este será válido para ambas sesiones.



Fecha última de actualización: 24 de septiembre de 2026


sspd_noticia_categoría
Noticia - 11 de febrero de 2026
sspd_noticia_contenido

Se INVITA a los Prestadores de Servicios Públicos Domiciliarios, particularmente de ASEO para que lean y revisen el presente comunicado; la información allí contenida corresponde a la reportada en el Sistema Único de Información – SUI por parte de operadores de la actividad de aprovechamiento con corte al día del 4 de febrero del 2026. 

Informamos que en la publicación de la noticia de título "Publicación información reportada al SUI, para cálculo de la tarifa de aprovechamiento como actividad complementaria del servicio público de aseo" del día 12 de marzo de 2025, que, debido a un error involuntario, la columna J (fecha de certificación de la información) contenía datos incorrectos en varios identificadores, lo cual afectaba la validación del cumplimiento del artículo 9 de la Resolución MVCT 276 de 2016. Este error ha sido corregido en la publicación posterior del 9 de abril de 2025. Por lo anterior, para todos los efectos tarifarios, se debe tener en cuenta la información de esta última publicación.

Adicionalmente se debe tener en cuenta el aviso de la publicación de Diciembre 2022 en la cual se indica "Es importante señalar que la fecha de certificación del periodo 12-2022 para los prestadores "ASOCIACIÓN DE RECICLADORES JUNTOS POR LA SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL - ID 37430", "ASOCIACIÓN DE RECICLADORES FUERTES EN LA RUTA - ID 39072" y "ASOCIACIÓN DE RECICLADORES NUEVA FUERZA AMBIENTAL ASOFUERZA - ID 50265" es del "10/01/2023", sin embargo se solicita tomar la información para realizar el cálculo de la tarifa sin extemporaneidad, con fecha dentro del término de reporte ya que sí está incluida en la presente publicación es debido a reversiones previas que se ejecutaron dentro del término. Adicionalmente se oficiará a los prestadores de no aprovechables para cualquier inquietud."

Conforme a lo establecido en el numeral 36 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, “en desarrollo de sus funciones de inspección y vigilancia, establecer, administrar, mantener y operar el Sistema Único de Información (SUI) de los Servicios Públicos Domiciliarios que se nutra con la información de los prestadores, auditores externos, entidades públicas, particulares, interventores y/o supervisores relacionados con la prestación de los servicios públicos domiciliarios.”  

Teniendo en cuenta que el numeral 22 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, estableció dentro de las funciones de la SSPD la de “Verificar la consistencia y la calidad de la información que sirve de base para efectuar la evaluación permanente de la gestión y resultados de las personas que presten servicios públicos sometidos a su control, inspección y vigilancia, así como de aquella información del prestador de servicios públicos que esté contenida en el Sistema Único Información de los servicios públicos” esta Superintendencia continúa realizando la verificación de la información reportada por los prestadores de la actividad de aprovechamiento, en aplicación de la Resolución No. SSPD - 20201000046075 del 19/10/2020. En aras de prevenir cobros no autorizados, se solicitará a los prestadores de manera individual la corrección de la información a que haya lugar.



Fecha última de actualización: 24 de septiembre de 2026


sspd_noticia_categoría
Noticia - 03 de febrero de 2026
sspd_noticia_contenido

La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios invita a las Alcaldías a participar en el próximo entrenamiento virtual del Sistema Único de Información – SUI, el cual se realizará  de la siguiente manera:

Módulo 1:  Módulo 1 Alcaldía: Estratificación y coberturas 
Fecha: Martes, 10 de febrero de 2026
Hora: 8:00 a.m. a 12:00 m.

Módulo 2: Módulo 2 Alcaldía: Inspector y cargues
Fecha: Jueves, 12  de febrero de 2026
Hora: 8:00 a.m. a 12:00 m.

IMPORTANTE: La asistencia debe ser de máximo 1 persona por alcaldía que tengan relación con el tema objeto de la capacitación 

Para ingresar a la capacitación haga clic en el siguiente enlace meet.google.com/mjc-voef-knn, este enlace será válido para ambas sesiones.



Fecha última de actualización: 24 de septiembre de 2026


sspd_noticia_categoría
Noticia - 14 de enero de 2026
sspd_noticia_contenido

Se INVITA a los Prestadores de Servicios Públicos Domiciliarios, particularmente de ASEO para que lean y revisen el presente comunicado; la información allí contenida corresponde a la reportada en el Sistema Único de Información – SUI por parte de operadores de la actividad de aprovechamiento con corte al día del 6 de enero del 2026. 

Informamos que en la publicación de la noticia de título "Publicación información reportada al SUI, para cálculo de la tarifa de aprovechamiento como actividad complementaria del servicio público de aseo" del día 12 de marzo de 2025, que, debido a un error involuntario, la columna J (fecha de certificación de la información) contenía datos incorrectos en varios identificadores, lo cual afectaba la validación del cumplimiento del artículo 9 de la Resolución MVCT 276 de 2016. Este error ha sido corregido en la publicación posterior del 9 de abril de 2025. Por lo anterior, para todos los efectos tarifarios, se debe tener en cuenta la información de esta última publicación.

Adicionalmente se debe tener en cuenta el aviso de la publicación de Diciembre 2022 en la cual se indica "Es importante señalar que la fecha de certificación del periodo 12-2022 para los prestadores "ASOCIACIÓN DE RECICLADORES JUNTOS POR LA SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL - ID 37430", "ASOCIACIÓN DE RECICLADORES FUERTES EN LA RUTA - ID 39072" y "ASOCIACIÓN DE RECICLADORES NUEVA FUERZA AMBIENTAL ASOFUERZA - ID 50265" es del "10/01/2023", sin embargo se solicita tomar la información para realizar el cálculo de la tarifa sin extemporaneidad, con fecha dentro del término de reporte ya que sí está incluida en la presente publicación es debido a reversiones previas que se ejecutaron dentro del término. Adicionalmente se oficiará a los prestadores de no aprovechables para cualquier inquietud."

Conforme a lo establecido en el numeral 36 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, “en desarrollo de sus funciones de inspección y vigilancia, establecer, administrar, mantener y operar el Sistema Único de Información (SUI) de los Servicios Públicos Domiciliarios que se nutra con la información de los prestadores, auditores externos, entidades públicas, particulares, interventores y/o supervisores relacionados con la prestación de los servicios públicos domiciliarios.”  

Teniendo en cuenta que el numeral 22 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, estableció dentro de las funciones de la SSPD la de “Verificar la consistencia y la calidad de la información que sirve de base para efectuar la evaluación permanente de la gestión y resultados de las personas que presten servicios públicos sometidos a su control, inspección y vigilancia, así como de aquella información del prestador de servicios públicos que esté contenida en el Sistema Único Información de los servicios públicos” esta Superintendencia continúa realizando la verificación de la información reportada por los prestadores de la actividad de aprovechamiento, en aplicación de la Resolución No. SSPD - 20201000046075 del 19/10/2020. En aras de prevenir cobros no autorizados, se solicitará a los prestadores de manera individual la corrección de la información a que haya lugar.



Fecha última de actualización: 24 de septiembre de 2026


sspd_noticia_categoría
Noticia - 10 de diciembre de 2025
sspd_noticia_contenido

Se INVITA a los Prestadores de Servicios Públicos Domiciliarios, particularmente de ASEO para que lean y revisen el presente comunicado; la información allí contenida corresponde a la reportada en el Sistema Único de Información – SUI por parte de operadores de la actividad de aprovechamiento con corte al día del 3 de diciembre del 2025

Informamos que en la publicación de la noticia de título "Publicación información reportada al SUI, para cálculo de la tarifa de aprovechamiento como actividad complementaria del servicio público de aseo" del día 12 de marzo de 2025, que, debido a un error involuntario, la columna J (fecha de certificación de la información) contenía datos incorrectos en varios identificadores, lo cual afectaba la validación del cumplimiento del artículo 9 de la Resolución MVCT 276 de 2016. Este error ha sido corregido en la publicación posterior del 9 de abril de 2025. Por lo anterior, para todos los efectos tarifarios, se debe tener en cuenta la información de esta última publicación.

Adicionalmente se debe tener en cuenta el aviso de la publicación de Diciembre 2022 en la cual se indica "Es importante señalar que la fecha de certificación del periodo 12-2022 para los prestadores "ASOCIACIÓN DE RECICLADORES JUNTOS POR LA SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL - ID 37430", "ASOCIACIÓN DE RECICLADORES FUERTES EN LA RUTA - ID 39072" y "ASOCIACIÓN DE RECICLADORES NUEVA FUERZA AMBIENTAL ASOFUERZA - ID 50265" es del "10/01/2023", sin embargo se solicita tomar la información para realizar el cálculo de la tarifa sin extemporaneidad, con fecha dentro del término de reporte ya que sí está incluida en la presente publicación es debido a reversiones previas que se ejecutaron dentro del término. Adicionalmente se oficiará a los prestadores de no aprovechables para cualquier inquietud."

Conforme a lo establecido en el numeral 36 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, “en desarrollo de sus funciones de inspección y vigilancia, establecer, administrar, mantener y operar el Sistema Único de Información (SUI) de los Servicios Públicos Domiciliarios que se nutra con la información de los prestadores, auditores externos, entidades públicas, particulares, interventores y/o supervisores relacionados con la prestación de los servicios públicos domiciliarios.”  

Teniendo en cuenta que el numeral 22 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, estableció dentro de las funciones de la SSPD la de “Verificar la consistencia y la calidad de la información que sirve de base para efectuar la evaluación permanente de la gestión y resultados de las personas que presten servicios públicos sometidos a su control, inspección y vigilancia, así como de aquella información del prestador de servicios públicos que esté contenida en el Sistema Único Información de los servicios públicos” esta Superintendencia continúa realizando la verificación de la información reportada por los prestadores de la actividad de aprovechamiento, en aplicación de la Resolución No. SSPD - 20201000046075 del 19/10/2020. En aras de prevenir cobros no autorizados, se solicitará a los prestadores de manera individual la corrección de la información a que haya lugar.

 



Fecha última de actualización: 24 de septiembre de 2026


sspd_noticia_categoría
noticia - 13 de noviembre de 2025
sspd_noticia_contenido

La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios invita a los prestadores de servicios públicos domiciliarios, particularmente de aseo, para que lean y revisen el presente comunicado; para que lean y revisen el presente comunicado; la información allí contenida corresponde a la reportada en el Sistema Único de Información – SUI por parte de operadores de la actividad de aprovechamiento con corte al de noviembre del 2025.

Informamos que en la publicación de la noticia de título "Publicación información reportada al SUI, para cálculo de la tarifa de aprovechamiento como actividad complementaria del servicio público de aseo" del día 12 de marzo de 2025, que, debido a un error involuntario, la columna J (fecha de certificación de la información) contenía datos incorrectos en varios identificadores, lo cual afectaba la validación del cumplimiento del artículo 9 de la Resolución MVCT 276 de 2016. Este error ha sido corregido en la publicación posterior del 9 de abril de 2025. Por lo anterior, para todos los efectos tarifarios, se debe tener en cuenta la información de esta última publicación.

Adicionalmente se debe tener en cuenta el aviso de la publicación de Diciembre 2022 en la cual se indica "Es importante señalar que la fecha de certificación del periodo 12-2022 para los prestadores "ASOCIACIÓN DE RECICLADORES JUNTOS POR LA SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL - ID 37430", "ASOCIACIÓN DE RECICLADORES FUERTES EN LA RUTA - ID 39072" y "ASOCIACIÓN DE RECICLADORES NUEVA FUERZA AMBIENTAL ASOFUERZA - ID 50265" es del "10/01/2023", sin embargo se solicita tomar la información para realizar el cálculo de la tarifa sin extemporaneidad, con fecha dentro del término de reporte ya que sí está incluida en la presente publicación es debido a reversiones previas que se ejecutaron dentro del término. Adicionalmente se oficiará a los prestadores de no aprovechables para cualquier inquietud."

Conforme a lo establecido en el numeral 36 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, “en desarrollo de sus funciones de inspección y vigilancia, establecer, administrar, mantener y operar el Sistema Único de Información (SUI) de los Servicios Públicos Domiciliarios que se nutra con la información de los prestadores, auditores externos, entidades públicas, particulares, interventores y/o supervisores relacionados con la prestación de los servicios públicos domiciliarios.”  

Teniendo en cuenta que el numeral 22 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, estableció dentro de las funciones de la SSPD la de “Verificar la consistencia y la calidad de la información que sirve de base para efectuar la evaluación permanente de la gestión y resultados de las personas que presten servicios públicos sometidos a su control, inspección y vigilancia, así como de aquella información del prestador de servicios públicos que esté contenida en el Sistema Único Información de los servicios públicos” esta Superintendencia continúa realizando la verificación de la información reportada por los prestadores de la actividad de aprovechamiento, en aplicación de la Resolución No. SSPD - 20201000046075 del 19/10/2020. En aras de prevenir cobros no autorizados, se solicitará a los prestadores de manera individual la corrección de la información a que haya lugar.



Fecha última de actualización: 24 de septiembre de 2026


sspd_noticia_categoría
noticia - 09 de octubre de 2025
sspd_noticia_contenido

La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios invita a los prestadores de servicios públicos domiciliarios, particularmente de aseo, para que lean y revisen el presente comunicado; para que lean y revisen el presente comunicado; la información allí contenida corresponde a la reportada en el Sistema Único de Información – SUI por parte de operadores de la actividad de aprovechamiento con corte al 3 de octubre de 2025.

Informamos que en la publicación de la noticia de título "Publicación información reportada al SUI, para cálculo de la tarifa de aprovechamiento como actividad complementaria del servicio público de aseo" del día 12 de marzo de 2025, que, debido a un error involuntario, la columna J (fecha de certificación de la información) contenía datos incorrectos en varios identificadores, lo cual afectaba la validación del cumplimiento del artículo 9 de la Resolución MVCT 276 de 2016. Este error ha sido corregido en la publicación posterior del 9 de abril de 2025. Por lo anterior, para todos los efectos tarifarios, se debe tener en cuenta la información de esta última publicación.

Adicionalmente se debe tener en cuenta el aviso de la publicación de Diciembre 2022 en la cual se indica "Es importante señalar que la fecha de certificación del periodo 12-2022 para los prestadores "ASOCIACIÓN DE RECICLADORES JUNTOS POR LA SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL - ID 37430", "ASOCIACIÓN DE RECICLADORES FUERTES EN LA RUTA - ID 39072" y "ASOCIACIÓN DE RECICLADORES NUEVA FUERZA AMBIENTAL ASOFUERZA - ID 50265" es del "10/01/2023", sin embargo se solicita tomar la información para realizar el cálculo de la tarifa sin extemporaneidad, con fecha dentro del término de reporte ya que sí está incluida en la presente publicación es debido a reversiones previas que se ejecutaron dentro del término. Adicionalmente se oficiará a los prestadores de no aprovechables para cualquier inquietud."


Conforme a lo establecido en el numeral 36 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, “en desarrollo de sus funciones de inspección y vigilancia, establecer, administrar, mantener y operar el Sistema Único de Información (SUI) de los Servicios Públicos Domiciliarios que se nutra con la información de los prestadores, auditores externos, entidades públicas, particulares, interventores y/o supervisores relacionados con la prestación de los servicios públicos domiciliarios.”  

Teniendo en cuenta que el numeral 22 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, estableció dentro de las funciones de la SSPD la de “Verificar la consistencia y la calidad de la información que sirve de base para efectuar la evaluación permanente de la gestión y resultados de las personas que presten servicios públicos sometidos a su control, inspección y vigilancia, así como de aquella información del prestador de servicios públicos que esté contenida en el Sistema Único Información de los servicios públicos” esta Superintendencia continúa realizando la verificación de la información reportada por los prestadores de la actividad de aprovechamiento, en aplicación de la Resolución No. SSPD - 20201000046075 del 19/10/2020. En aras de prevenir cobros no autorizados, se solicitará a los prestadores de manera individual la corrección de la información a que haya lugar.

 



Fecha última de actualización: 24 de septiembre de 2026
Centro de Relevo
Seleccione esta opción como atajo para volver al inicio de esta página.